martes, 2 de marzo de 2021
Los gastos que conlleva la compra de un inmueble

Muchas veces las personas que se deciden a comprar un inmueble, se sorprenden al comprobar que además del coste de la vivienda, tienen que asumir una serie de costes adicionales, entre los que se incluyen impuestos para poder convertirse en propietarios.

Por eso, y para que no te pille desprevenido, en Hogarea te desglosamos todos los gastos que conlleva la compra de un inmueble.

Gastos de la compraventa

Dentro de los gastos de compraventa el comprador tiene que asumir lo siguiente:

  •  Los gastos de Notaría para la escrituración pública, estos gastos que se denominan aranceles notariales y que están regulados por el Estado, se sitúan entre el 0,2% y el 0,5% del valor del inmueble.
  • Los gastos del Registro de la Propiedad para inscribir las Escrituras previamente firmadas por el notario en el registro y que también se denominan aranceles y también están regulados por el Estado, que oscilan entre el 0,1% y el 0,25% del precio de la vivienda.
  • Los gastos de la gestoría, que es un gasto opcional pero que normalmente se contrata para tramitar la inscripción de la escritura y la liquidación de los impuestos y aunque depende de la agencia contratada normalmente ronda los 300€.
  • También es recomendable obtener una Nota Simple, que se solicita el Registro de la Propiedad y cuesta solamente unos 9€, pero que sirve para que el propietario compruebe que todos los datos están correctos y aparece tanto la titularidad del inmueble como que esté libre de cargas.

Impuestos

  • La compra de una vivienda conlleva el pago de una serie de tributos económicos o estatales asociados a la compraventa y que dependen del tipo de vivienda que se compre.  
  • Si es una vivienda nueva: en este caso hay que pagar el IVA que corresponde a un 10% para las viviendas en general y a un 4 % para las viviendas de VPO.
  • Si es una vivienda de segunda mano: en este caso hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) que dependen de cada comunidad autónoma.


En Cataluña en concreto en Impuesto de Transmisiones Patrimoniales supone entre un 10% y un 11% en general, y existe un tipo reducido al 5% para familias numerosas, para personas menores de 32 años o personas con minusvalía.

Por su parte, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, tiene una cuota fija que es la misma para todo el territorio nacional y cuesta 0,30€ por pliego y 0,15€ por folio, y otra cuota gradual o variable, que se aplica a las escrituras, y que en el caso de Cataluña, corresponde a un tipo general del 1,5% y a un tipo reducido del 0,5% para viviendas de menores de 32 años o con una discapacidad igual o superior al 33%.

El plazo estipulado para la liquidación de estos impuestos es de 30 días desde la firma de la escritura de compraventa, en el caso de no realizar la liquidación durante este tiempo, se aplicará un recargo. Gastos de la hipoteca Si se va solicitar una hipoteca para la compra de la vivienda hay que incluir los gastos derivados de la misma.

Al comprador le corresponden los gastos de tasación de la vivienda, para lo que hay que acudir a una empresa tasadora homologada por el Banco de España y que dependerá de la empresa contratada y del tipo de inmueble, aunque suelen estar entre los 300€ y los 500€.

Dependiendo de la entidad bancaria, en algunas ocasiones cobran la comisión de apertura de la hipoteca, donde se incluyen todos los gastos del estudio, la formalización y la gestión de la hipoteca.

Tras la nueva ley hipotecaria en 2019, la entidad bancaria tiene que asumir el resto de los gastos de la hipoteca: Notaría, Registro de la Propiedad, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y gestoría.

Teniendo en cuenta esta información, hay que disponer de entre un 10% y un 12% más del precio de la vivienda para asumir los gastos de compraventa de una vivienda, asimismo, y si solicitamos hipoteca, es importante conocer que las entidades bancarias suelen financiar sólo el 80% del valor de tasación y por lo tanto, hay que contar con ese 20% adicional.